Pleno JCE aprueba Protocolo de Conteo Manual y Voto Automatizado en elecciones municipales 2020
Aprueban incorporar un lector de huellas dactilares a modalidad de votación.
Santo Domingo.- El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), encabezado por su Presidente, Magistrado Julio CĆ©sar CastaƱos GuzmĆ”n, aprobó en su sesión ordinaria de este jueves el Protocolo para el Conteo Manual y Voto Automatizado que fue presentado a los partidos, agrupaciones y movimientos polĆticos el pasado 21 de noviembre del presente aƱo, incluyendo a dicha modalidad de votación la incorporación de un lector de huellas dactilares, a los fines de garantizar la integridad inequĆvoca de la identificación del votante.
En tal sentido, el Protocolo incluye la utilización de 10,000 módulos de votación automatizada con conteo manual al cien por ciento (100%), para igual número de colegios electorales. Para el restante de colegios electorales, el órgano decidió que se votarÔ con el uso de boletas electorales impresas. Explica también que la modalidad de votación automatizada se implementarÔ en aquellas demarcaciones con mayor complejidad para escrutinio del voto preferencial, en razón de la cantidad de regidores a escoger, incluyendo en las mismas los respectivos Distritos Municipales y en estos los vocales.
Las demarcaciones serƔn aquellas en las cuales haya de escogerse 13 o mƔs regidores con sus respectivos suplentes. En ese orden, el Voto Automatizado con conteo manual serƔ implementado en las siguientes demarcaciones:
·Distrito Nacional, con 2,262 colegios electorales;
·Higüey, con 331 colegios electorales, incluyendo sus 3 DM.
·San Francisco de MacorĆs, con 377 colegios electorales, incluyendo sus 4 DM.
·Moca, con 278 colegios electorales, incluyendo sus 7 DM.
·La Romana, con 285 colegios electorales, incluyendo su DM.
·La Vega, con 450 colegios electorales, incluyendo sus 4 DM.
·Bonao, con 245 colegios electorales, incluyendo sus 5 DM.
·BanĆ, con 253 colegios electorales, incluyendo sus 8 DM.
·Puerto Plata, con 268 colegios electorales, incluyendo sus 2 DM.
·San Cristóbal, con 387 colegios electorales, incluyendo sus 2 DM.
·San Juan de la Maguana, con 260 colegios electorales, incluyendo sus 10 DM.
·San Pedro de MacorĆs, con 312 colegios electorales.
·Santiago de los Caballeros, con 1,235 colegios electorales, incluyendo sus 5 DM.
·Santo Domingo Este, con 1,470 colegios electorales, incluyendo su DM.
·Santo Domingo Oeste, con 523 colegios electorales.
·Santo Domingo Norte, con 590 colegios electorales, incluyendo su DM
·Los Alcarrizos, con 318 colegios electorales, incluyendo sus 2 DM.
Explicó que "estos municipios y el Distrito Nacional, se convierten en 17 grandes demarcaciones que incluyen 54 distritos municipales. De los municipios y distritos municipales (393), las demarcaciones propuestas suman 71, representando un 18% del total, las cuales impactan 9,844 colegios electorales, es decir, un 60% de los 16,498 existentes. En cuanto a los electores impactados, esta propuesta incluye 4,544,186 votantes, de un total de 7,487,040, representando un 61%".
El Pleno de la JCE dispuso tambiĆ©n que, para complementar los criterios establecidos en el Protocolo sobre Conteo Manual y Voto Automatizado, la transmisión de los resultados del Voto Automatizado se produzca una vez concluidas las actuaciones del colegio electoral y que los mismos sean divulgados a la ciudadanĆa una vez se haya comprobado el cierre de las votaciones en todos los colegios electorales del municipio.
Respecto de la auditorĆa al sistema de Voto Automatizado, el Pleno de la JCE decidió someter a consulta de los partidos polĆticos la contratación de la firma auditora PKF GuzmĆ”n Tapia, en razón de que, luego de que fuese solicitado en audiencia pĆŗblica la bĆŗsqueda de una empresa auditora por parte de los mismos, no se tuvo respuesta.
Entre otras decisiones relacionadas a dicho proceso electoral, decidió que el horario de votaciones serĆ” de 7:00 a.m. hasta las 5:00 p.m., conforme lo establece el artĆculo 218 de la Ley 15-19 OrgĆ”nica de RĆ©gimen Electoral; los electores con discapacidad podrĆ”n ejercer su derecho al voto con asistencia de algĆŗn familiar o persona de su confianza, siempre con la autorización del Presidente del colegio electoral, conforme lo establece el artĆculo 226 de la misma ley; y se darĆ” estricto cumplimiento al entintado del dedo Ćndice de la, mano izquierda de los votantes y, a falta de este, cualquier otro, en cumplimiento del articulo 225.
En adición del Magistrado Julio CĆ©sar CastaƱos GuzmĆ”n, participaron los miembros titulares Roberto SaladĆn Selin, Carmen Imbert Brugal, Rosario Graciano de los Santos y Henry MejĆa Oviedo, asistidos del Secretario General de la JCE, doctor Ramón Hilario EspiƱeira Ceballos.
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